Validez territorial de las patentes

Para empezar, tenemos que aclarar que cuando alguien solicita y obtiene una patente en un país, ésta tan solo tiene validez en dicho país. Una patente otorga a su titular el derecho de exclusiva a usar el invento sobre el que se ha concedido la patente. Sin embargo, este derecho tiene carácter territorial.

Esto quiere decir que si obtienes tu patente ante la Oficina Española de Patentes y Marcas, tu patente tendrá validez en España, pero no en el resto de países del mundo.

Por consiguiente, el inventor que tiene una patente y quiere extender su derecho a otros países, necesita un mecanismo para proyectar dicho derecho a otros lugares.

Para ello, el Convenio de la Unión de París, estableció un derecho de prioridad de 12 meses para todo solicitante de una patente en cualquier Estado Miembro. De esta manera, el solicitante “reservará” su primera fecha de solicitud (prioridad) en el resto de países donde quiera extender su protección de patente.

En líneas generales, este derecho de prioridad consiste en que si yo ya he solicitado mi patente en España, durante esos 12 meses, podré solicitarla también en otros países donde se me respetará esa misma fecha. De este modo, en ese otro país no se podrá considerar ya divulgada por el hecho de haberse solicitado con anterioridad en España.

Pero, además de este derecho de prioridad, existe la posibilidad de iniciar un procedimiento de solicitud en múltiples países a través de la solicitud de una PCT o patente internacional. Y con este sistema PCT también se respetaría dicha prioridad, pudiendo extenderse, además, hasta un total de 30 meses.

¿Qué es una PCT?

En realidad, una PCT o patente internacional, no consiste en un sistema unitario a nivel internacional que conceda una patente para todos los países del mundo.

Por el contrario, la PCT o patente internacional es un mecanismo de solicitud múltiple de una patente. De este modo, se consigue de una forma más fácil y barata hacer una única solicitud que podrá extenderse a todos o algunos de los países que forman parte del convenio internacional de PCT.

Actualmente son 153 países miembros del convenio internacional de PCT, por lo que con la solicitud PCT conseguimos que esa patente comience en todos ellos simultáneamente su tramitación.

Por consiguiente, con la solicitud PCT conseguimos iniciar el procedimiento de concesión de patente en los 153 países simultáneamente, respetando en todo ellos el derecho de prioridad.

Posteriormente, el solicitante decidirá en qué concretos países finalmente quiere que sea concedida su patente.

¿Cómo se solicita una PCT?

El procedimiento de solicitud de PCT consta de dos fases fundamentales:

  • La FASE INTERNACIONAL, que se lleva a cabo ante la Oficina receptora, la Oficina Internacional (OMPI) y la Administración encargada de la búsqueda internacional y del examen preliminar internacional.

 

  • La FASE NACIONAL, que tiene lugar ante las oficinas nacionales de los Estados designados. Es decir, donde queremos extender nuestra patente.

 

La Fase internacional de la PCT

Comienza con la solicitud PCT internacional que debe contener:

  • El Petitorio de la solicitud.
  • La descripción de la solicitud.
  • Una o varias reivindicaciones.
  • Los dibujos.
  • El resumen.
  • Otros documentos exigibles en su caso. La solicitud internacional puede incluir otros documentos como son: documento de prioridad; una lista de secuencias (para el caso en que la solicitud divulgue una o más secuencias de nucleótidos o de aminoácidos); poder o autorización al representante; etc.

Una vez recibida la solicitud PCT internacional, la Oficina receptora otorga una fecha de presentación y comprueba si la solicitud cumple con los requisitos del Tratado y su Reglamento. Tras ello remite el original a la Oficina Internacional y la copia de búsqueda a la Administración de búsqueda Internacional.

La Administración de búsqueda realiza un informe, llamado de «búsqueda internacional». Este informe tiene por objeto descubrir qué documentos existentes en el estado de la técnica pudieran ser relevantes para determinar la novedad y actividad inventiva de la invención.

Este informe es importantísimo, puesto que para que una patente sea concedida ha de tener novedad mundial y actividad inventiva. Por lo que se debe averiguar con el informe si no existe una invención anterior que destruya esa novedad.

Además, el informe de búsqueda internacional ofrece una “opinión escrita” sobre la existencia o no de dicha novedad y actividad inventiva.

Transcurrido un plazo de dieciocho meses desde la fecha de prioridad de la solicitud internacional la oficina internacional publica la solicitud. Sólo si el solicitante lo pide, podrá ser publicada en cualquier momento antes de la expiración de dicho plazo.

Si el informe de búsqueda está disponible en el momento de publicarse la solicitud, ambos se publican conjuntamente. Sin embargo, la opinión escrita establecida por la administración encargada de la búsqueda internacional no se publica con la solicitud, permaneciendo confidencial para terceros durante un plazo de 30 meses desde la fecha de prioridad.

A libre elección del solicitante se puede solicitar que se realice un examen preliminar internacional que se elabora por las Administraciones autorizadas al respecto. Este examen establece una opinión previa y no vinculante sobre el alcance de la invención reivindicada en cuanto a su novedad, actividad inventiva y aplicación industrial.

Entrada en la fase nacional

Si el solicitante, a la vista del informe de búsqueda internacional, tiene expectativas razonables sobre el éxito y valor de su invención, puede, a su elección, bien iniciar el procedimiento ante las oficinas designadas en el plazo de treinta o veinte meses (dependiendo del país), bien presentar la petición de examen preliminar internacional.

Como se ha indicado con anterioridad, la presentación de la petición de examen preliminar dentro de los diecinueve meses desde la fecha de prioridad tiene el efecto, respecto de ciertas oficinas designadas, de posponer la entrada en la fase nacional.

Para dar inicio a la fase nacional, el solicitante, dentro del plazo indicado, deberá realizar ante cada una de las oficinas designadas las actuaciones siguientes:

  • Presentar una traducción de la solicitud PCT internacional en el idioma del Estado en el que se desea obtener protección. Ante la Oficina Europea de Patentes, la traducción debe presentarse en alguno de los idiomas de procedimiento (inglés, francés o alemán).
  • Abonar la tasa correspondiente
  • Dar cumplimiento a las normas que cada Estado tenga establecidas sobre representación o nombramiento de un mandatario.

Si el solicitante, respecto de cualquier Estado designado, no cumple con estos requisitos dentro del plazo indicado de veinte o treinta meses, los efectos derivados de la solicitud internacional cesan en el Estado en cuestión, con las mismas consecuencias que la retirada de una solicitud nacional en ese Estado.

El procedimiento por el que se va a tramitar una solicitud PCT internacional, una vez iniciada la fase nacional, es el procedimiento ordinario aplicado a las solicitudes nacionales previsto por cada legislación. La legislación nacional determina el estado anterior de la técnica, el requisito de la unidad de invención, así como los demás requisitos de patentabilidad.

Puede igualmente determinar la exigencia de otra serie de requisitos de orden formal como, por ejemplo:

(i) la obligatoriedad de estar representado por un mandatario habilitado ante la oficina designada,

(ii) la verificación de la solicitud por un traductor jurado, o

(iii) la aportación de documentos o pruebas que acrediten circunstancias jurídicas de gran trascendencia para la efectividad de la patente, como por ejemplo, los relativos a la identidad del inventor.

Utilización del sistema EURO-PCT

Por vía Euro-PCT se entiende la utilización combinada del sistema PCT y del sistema de patente europea.

Una solicitud de patente Euro-pct es aquella solicitud internacional en la que el solicitante expresa su deseo de obtener una patente europea. Esta vía ofrece importantes ventajas a los solicitantes españoles de patentes europeas siempre que pidan que el informe de búsqueda internacional les sea realizado por la Oficina Española de Patentes y Marcas como Administración de Búsqueda Internacional o de Examen Preliminar Internacional.

Las ventajas son, entre otras, las siguientes:

  • Presentación de toda la documentación en español, sin necesidad de ningún tipo de traducción.
  • Posibilidad de llevar los trámites durante la fase internacional (Oficina receptora y Administración de búsqueda y examen) ante la OEPM, lo que facilita la comunicación del propio solicitante.

En Garrido y Doñaque, como expertos Agentes Oficiales de la Propiedad Industrial tenemos gran experiencia en la solicitud, tramitación y obtención de patentes internacionales PCT, así como la validación en España de solicitudes PCT. Por tanto, no dudes en contactar con nosotros para externacionalizar tu patente y garantizar tu derecho en todos los países en los que tengas interés comercial con tu invento.

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