Con la aprobación de la Ley Orgánica 1/2025 se han introducido cambios de gran importancia en el derecho procesal civil. El principal es la introducción de los medios adecuados de resolución de controversias (o MASC). Esta Ley introduce nuevos requisitos para interponer una demanda civil, en especial la necesidad de intentar alcanzar un acuerdo extrajudicial.

El nuevo requisito de admisibilidad de demandas debe tenerse muy en cuenta de cara a futuros asuntos litigiosos. A continuación, explicaremos el funcionamiento y características de los nuevos MASC.

Definición y tipos de MASC

Los Medios Adecuados de Resolución de Controversias (o MASC) son la gran novedad legislativa de la Ley Orgánica 1/2025. La propia ley define estos medios, si bien de forma abierta. Se trataría de cualquier actividad negociadora a la que las partes acuden de buena fe para buscar una solución extrajudicial.

En vista de esta definición, no habría una lista tasada de MASC. El único requisito de la Ley es que el medio de negociación esté reconocido en una Ley. Por ello podría recurrirse a prácticamente cualquier medio. No obstante, podría diferenciarse en función de la intervención o no de un tercero.

Por un lado, estaría la mediación, la conciliación, como MASC con intervención de tercero. La negociación o la oferta vinculante son ejemplos de medios adecuados de resolución de controversias directos entre las partes.

Beneficios de utilizar MASC antes de demandar

Además de ser un requisito de admisibilidad de demandas, los MASC también pueden aportar beneficios. Entre ellos, el principal es la posibilidad real de solucionar el conflicto sin necesidad de acudir a los Tribunales. También cabe mencionar que recurrir a cualquier MASC tiene efectos sobre una eventual condena en costas.

Desde la perspectiva del demandado, el criterio de imposición de costas ha variado. Si se desestima totalmente la demanda y ha rechazado acudir a un MASC, no habrá condena en costas al demandante. Y si la estimación es parcial, en caso de haber rechazado un MASC podría existir condena en costas. Esto difiere del anterior criterio de vencimiento, que dependía exclusivamente de la estimación de las acciones.

LA LEY ORGÁNICA 1/2025: CAMBIOS CLAVE EN LA ADMISIÓN DE DEMANDAS

Con independencia de las ventajas de los MASC, estos se instituyen como obligatorios para acudir a un procedimiento judicial. Esta es la principal novedad de la Ley Orgánica 1/2025, denominado requisito de procedibilidad.

En caso de invitar a un MASC, deberá finalizarse sin acuerdo el trámite para poder interponer una demanda civil. En caso de que el contrario no contestase, la Ley ofrece alternativas. Se entiende cumplido el requisito a partir de los 30 días sin que haya habido contestación. De esta forma, no se permite bloquear la tutela judicial por falta de contestación.

Excepciones a la obligatoriedad de los MASC

La Ley Orgánica 1/2025 regula las materias a las que no aplica el requisito de admisibilidad de demandas. La regla general es su aplicación a todos los procesos declarativos y especiales de la Ley de Enjuiciamiento Civil. No obstante, en algunos procesos, como puede ser una demanda ejecutiva, se excluye el requisito. Las excepciones se encuentran recogidas en el artículo 7.2 de la Ley.

Existe también una excepción en los litigios de consumo. La disposición adicional séptima indica que solo será necesario el requerimiento extrajudicial, y su negativa o falta de contestación. De esta forma se excluye la actividad negociadora en sí que caracteriza a los MASC. Solo habrá que aportar en la demanda civil la certificación del recibo y, en su caso, la respuesta negativa. Con ello, los procedimientos judiciales que versen sobre consumo están parcialmente excluidos del ámbito de la Ley Orgánica 1/2025.

Consecuencias de no cumplir con el requisito

Si el requisito de admisibilidad de demandas no se cumple, el juzgado inadmitirá la demanda civil. Deberá estarse a los requisitos generales y específicos de cada uno de los medios adecuados de solución de controversias.

¿CÓMO ACREDITAR QUE SE HA INTENTADO UN MASC?

requisitos MASC

Documentación necesaria para presentar junto a la demanda

Cuando interviene un tercero neutral en medios adecuados de solución de controversias la Ley Orgánica 1/2025 recoge requisitos adicionales. El tercero deberá expedir un documento en el consten varios elementos esenciales. Primero deberá constar la identidad del tercero y de las partes que intervienen en el MASC. Debe constar también el objeto de la controversia y las fechas de la reunión o reuniones. Dado el carácter de estos medios, deberá incluirse una declaración solemne de buena fe en la intervención.

La oferta vinculante como medio adecuado de solución de controversias también aporta cierta garantía a la hora de acreditarse. La Ley Orgánica 1/2025 solo requiere para este caso acreditar la existencia de la oferta, pero no su contenido. Habiéndose enviado una comunicación con acuse de recibo con la oferta anexa, solo será necesario aportar la primera. Este MASC permite mantener la confidencialidad de la oferta sin necesidad de una acreditación del contenido.

En la negociación directa entre las partes se deberá elaborar un documento en el que conste la negociación. Este documento deberá estar firmado por ambas partes, o de lo contrario no será válido. Si hubiera existido actividad negociadora pero no se acreditase, la demanda civil será inadmitida.

Plazos y validez del intento de resolución extrajudicial

La Ley Orgánica 1/2025 da un plazo de 30 días para contestar desde la recepción de la invitación al MASC. Una vez transcurrido el plazo sin contestación, se podrá interponer la demanda habiendo cumplido el requisito de admisibilidad de demandas.

En caso de que existiera contestación, podrá interponerse demanda civil una vez finalice la actividad sin acuerdo. Dicha falta de acuerdo deberá constar documentalmente como se ha expuesto previamente. 

Para que el intento de MASC sea válido, es necesario cumplir con los requisitos de la Ley Orgánica 1/2025. Debe haber identidad entre el objeto y las pretensiones manifestadas y la demanda civil interpuesta. Igualmente, las partes del procedimiento judicial deberán ser las mismas que las del MASC.

Además del plazo para contestar, existe un plazo de caducidad para acudir a un procedimiento judicial. Este plazo será de un año, transcurrido el cual no se considera cumplido el requisito de haber acudido a un MASC. Si se diera este caso, habría que iniciar nuevamente medios adecuados de solución de controversias.

¿CUÁNDO ES RECOMENDABLE CONTACTAR A UN ABOGADO?

Asesoramiento previo al inicio de un MASC

Es importante acudir a un abogado antes de enviar un requerimiento certificado con invitación a un MASC. Esto es así debido a los diferentes requisitos de la Ley Orgánica 1/2025. Si se envía sin haberlo consultado previamente, podría no poder acudirse a un procedimiento judicial.

Si, por ejemplo, no se delimita bien el objeto de MASC, no se podría interponer demanda civil. Del mismo modo ocurre con los plazos, o las pretensiones que se pretenden ejercitar. Igualmente, en función del caso podría ser más conveniente uno u otro MASC, ya que son tipologías muy diferentes.

Acompañamiento durante el proceso de MASC

Es conveniente también que durante el desarrollo del MASC haya un abogado presente que defienda nuestros intereses. De esta forma, puede garantizarse el encaje legal del posible acuerdo. También podrá evaluar la conveniencia de aceptar una oferta de la otra parte en base al supuesto de hecho.

En última instancia, contar con un abogado durante el acompañamiento permite intentar maximizar nuestro interés en una negociación. Del supuesto de hecho y las disposiciones legales depende que un acuerdo pueda catalogarse como adecuado o no. Aunque en todo caso, deberá acudirse a los medios adecuados de solución de controversias de buena fe.

Preparación y presentación de la demanda si no se alcanza un acuerdo

Si no surtiera efecto acudir a un MASC o no se acudiera, la demanda deberá elaborarse en consecuencia. No se podrá variar el objeto ni las partes, aunque las pretensiones pudieran variarse. A la demanda civil deberá adjuntarse el documento que acredite el intento de negociación, o sino serán inadmitidas. Debe tenerse en cuenta que, si la negociación ha sido directa, no pueden aportarse las comunicaciones entre abogados. Estas comunicaciones no pueden ser aportadas al procedimiento judicial al estar amparadas por el secreto profesional.

También debe tenerse en cuenta que la proposición para acudir a un MASC interrumpe la prescripción y suspende la caducidad. De esta forma, si la actividad negociadora se dilata en el tiempo, las eventuales acciones no se verán enervadas. 

El requisito de admisibilidad de demandas de la Ley Orgánica 1/2025 solo afecta a las demandas presentadas con posterioridad. Las demandas presentadas antes del 03 de abril de 2025 no tendrán este requisito de admisión en el procedimiento judicial. Esto último se cumplirá con independencia de la fecha de admisión o notificación a la otra parte.

LA IMPORTANCIA DE LOS MASC EN EL NUEVO PANORAMA LEGAL

Con la nueva Ley Orgánica 1/2025 la principal conclusión es la importancia capital que han cobrado los MASC. Sin ellos, las demandas civiles no podrán ser admitidas a trámite. Además, la importancia a efectos de costas también es destacable. En caso de recurrir a los MASC puede evitarse condenas en constas por desestimación íntegra.

Dentro de los MASC, cobran especial importancia la mediación y la conciliación previa. Estos medios, al implicar la intervención de un tercero, facilitan dos cuestiones. Por un lado, la posibilidad de alcanzar soluciones. Por otro lado, facilitan cumplir con el nuevo requisito de admisibilidad de demandas.

La Ley Orgánica 1/2025 ha introducido también otras novedades. En especial la materia de costas por debajo de 2.000 en demandas civiles de consumo. Antes de esta ley, no había condena en costas, mientras que a día de hoy sí existen.

Otra cuestión muy relacionada es la cuantía en caso de acciones inestimables. Antes de esta Ley, la cuantía indeterminada se cifraba en 18.000 euros en un procedimiento judicial. A día de hoy son 24.000 euros según la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

En resumen, los MASC suponen un cambio radical en el derecho procesal civil español. Cualquier demanda civil deberá tenerlos en cuenta para multitud de aspectos de un procedimiento judicial.

Si tienes dudas o consultas sobre las modificaciones de la ley no dudes en contactar con nuestro despacho de abogados.