En el ámbito del Derecho Civil, la figura de la donación adquiere una gran relevancia cuando entra en conflicto con los derechos hereditarios de los herederos forzosos. Es en este contexto donde surge la donación inoficiosa: aquella que, por exceder los límites legales establecidos, puede vulnerar la legítima hereditaria. Comprender cuándo una donación incurre en inoficiosidad resulta esencial tanto para los donantes como para los herederos, ya que de ello se derivan importantes consecuencias jurídicas y patrimoniales.
¿Qué es una donación inoficiosa?
La donación es el negocio jurídico en el que se dispone en favor de otro gratuitamente de su patrimonio. Las donaciones inoficiosas son las que exceden los límites marcados en el Código Civil.
Para conocer el encaje legal de la inoficiosidad de las donaciones es preciso relacionarlo con el derecho sucesorio. En concreto, es necesario conocer que parte del patrimonio reserva el Código Civil para los herederos legitimarios. Es en este aspecto donde las donaciones inoficiosas cobran relevancia jurídica.
La donación inoficiosa según el Código Civil
El Código Civil dispone en el artículo 636 cuales pueden ser consideradas como una donación inoficiosa. El límite se señala en que no se puede donar más de lo que puede darse por vía de testamento.
Para ello, hay que mencionar cuales son los límites para dar mediante testamento. El Código Civil dispone en el artículo 808 que 2/3 de la herencia deberán ir a los hijos y descendientes. Por ello, si una donación impide que por testamento reciban esta proporción, nos encontramos ante una donación inoficiosa.
Las donaciones realizadas a herederos forzosos no serán donaciones inoficiosas, a menos que perjudiquen al tercio de legítima estricta. En este caso, la operación que se lleva a cabo es la colación. Esta operación consiste en ajustar las donaciones en base a las disposiciones testamentarias y los límites del Código Civil.
Si las donaciones se realizan a terceros no legitimarios, el control de inoficiosidad de las donaciones es más meticuloso. En estos casos, el límite es absoluto en 1/3 del patrimonio, si el donante tiene hijos, no pudiendo exceder la donación de dicha cuantía. De ocurrir, sería considerada una donación inoficiosa.
¿Cómo evitar que una donación sea inoficiosa?
No existe una fórmula precisa para evitar una donación inoficiosa. En primer lugar, hay que observar todas las prescripciones del Código Civil en esta materia. Debe prestarse especial atención a la capacidad para donar para evitar una donación inoficiosa por el importante.
Además de los elementos de la donación, también debe prestarse atención al importe total de la cantidad. Las donaciones inoficiosas por límite hereditario pueden vigilarse hasta cierto punto. Esto es así debido a que se computan las donaciones al tiempo del fallecimiento del testador.
Consecuencias legales de una donación inoficiosa
Cuando una donación vulnera los derechos de los herederos legitimarios, la ley prevé distintas consecuencias legales. Estas pueden ir desde la reducción del valor donado hasta la restitución de los bienes al patrimonio del donante.
Reclamación de los herederos
Los herederos del donante pueden instar que se declare judicialmente una donación inoficiosa. Para ello, es necesario acreditar la condición de heredero, así como el importe de la donación.
Es importante recalcar que solo los herederos podrán pedir la inoficiosidad de una donación. Un donatario, legatario o acreedor no podrán optar por las acciones de reducción o revocación.
Reducción de la donación
La donación inoficiosa no se revocará siempre y cuando no falte alguno de sus elementos esenciales. Se procederá a la reducción de la donación hasta el límite que podía testar el donante.
Puede darse el supuesto de que existieran varias donaciones inoficiosas. En este caso, se reducirán las que se realizasen posteriormente. De igual modo, si la supresión de la más reciente no bastase, se reducirá la más antigua. De este modo, respecto a las donaciones inoficiosas, el Código Civil prioriza las más antiguas en el tiempo.
Impugnación de la donación
Las donaciones se impugnan cuando falta alguno de sus elementos esenciales, o se incumplen sus restricciones. En este caso no hablamos de donaciones inoficiosas por razón del importe. Se trata de un contrato que no es válido en tanto que falta uno de sus componentes. Así, mientras que una donación inoficiosa puede subsistir, una donación impugnada se revoca al completo.
Cómo impugnar una donación inoficiosa
Impugnar una donación inoficiosa requiere seguir un proceso legal específico y cumplir ciertos requisitos. A continuación, se detallan los pasos a seguir, los plazos aplicables y quiénes están legitimados para iniciar esta acción.
Proceso legal
El proceso legal para declarar una donación inoficiosa es mediante demanda. En este caso, deberá interponerse una acción de reducción o anulación de la donación. Dicha acción deberá ser interpuesta por el donante o sus herederos frente al donatario.
Corresponderá al Juzgado, en función del importe, si corresponde anular o solamente reducir la donación. Igualmente, y a raíz de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, es posible alcanzar un acuerdo extrajudicial. De esta forma, las partes pueden de forma independiente reducir la donación inoficiosa sin implicar a la Administración de Justicia.
Requisitos
El Código Civil exige que para declarar una donación inoficiosa es necesario ser legitimario de la herencia del donante. También podrá impugnar las donaciones los herederos de los legitimarios o sus causahabientes.
Lo anterior se recoge en el artículo 655 del Código Civil, sin estipular otros requisitos. Sí deniega la posibilidad de declarar la inoficiosidad de las donaciones a los acreedores del fallecido.
Además de lo anterior, es necesario que la donación afecte a los derechos de los legitimarios..
Plazos de impugnación
El plazo para impugnar las donaciones inoficiosas es de 5 años según el Código Civil. El artículo 646 señala que la acción es irrenunciable y se transmite a los herederos del donante. Esto implica que los descendientes podrán ejercitar esta acción, y que la renuncia expresa a ella no surtirá efecto.
El plazo desde el que se empieza a contar el plazo es el nacimiento del último hijo del donante. Si se descubriera que un hijo que se creía fallecido está vivo, con la fecha de esta noticia comenzará el plazo.
Consecuencias
Las consecuencias de la inoficiosidad de las donaciones es la restitución de los bienes al patrimonio del donante. Si el bien no pudiera ser devuelto, o bien el donatario lo hubiera vendido, se devolverán cantidades dinerarias. Si el bien objeto de donación inoficiosa se hubiera vendido, se devolverá el valor del bien. Si fuera otra la causa que impidiera devolver el bien, se devolverá el valor al tiempo de hacer la donación.
Del mismo modo, si la donación inoficiosa se declarase como tal tras el fallecimiento del donante, esta se reducirá. La reducción implica que, si fuera posible, solo será inoficiosa en la medida que afecte a las legítimas.
Un ejemplo de donación inoficiosa de este tipo sería una mera donación de dinero, por ejemplo 10.000 euros. Si se perjudicase a la legítima en 5.000 euros, el donatario podrá conservar la mitad de lo recibido mediante donación.
Respecto a los frutos que genere el bien, el donatario los conservará hasta la fecha de interposición de la demanda. La interposición de la demanda por la inoficiosidad de la donación implica que los frutos corresponderán al patrimonio del donante.
Requisitos legales para una donación válida
Para que una donación sea válida y no devenga inoficiosa, deben tenerse en cuenta las normas del Código Civil. Las donaciones inoficiosas lo son si se incumple alguna de estas prescripciones. Entre ellas se encuentran el objeto de la donación, los sujetos, así como otras limitaciones.
Consentimiento del donante
El consentimiento en las donaciones se rige por las disposiciones generales de los contratos y las obligaciones. Se entiende el consentimiento como la libre formación de la voluntad de llevar a cabo un contrato. De esta forma el consentimiento no es válido si existe error, violencia, intimidación o dolo. En este caso, no nos encontraríamos ante una inoficiosidad de la donación.
Se considera que la concurrencia de estos factores vicia la libre formación de la voluntad. Para anular el consentimiento el vicio deberá recaer sobre un elemento esencial del contrato. Estos vicios no implicarán una donación inoficiosa, sino la nulidad del acto en sí.
Capacidad del donante para donar
Además de lo anterior, se necesita capacidad de obrar. En concreto, es necesario disponer de capacidad de contratar y disponer de los bienes propios. Un ejemplo de donación inoficiosa respecto a esto último sería quien se encuentra sometido a curatela. De esta forma, al tener limitada la capacidad de contratar, no puede realizar una donación válida.
En el caso anteriormente expuesto, así como en otros, el donante necesitará la asistencia del curador y autorización judicial. Si la capacidad para contratar esté limitada, es necesario cumplir los requisitos legales para evitar encontrarse con una donación inoficiosa.
Objeto de la donación
Puede disponerse mediante donación todo o parte del patrimonio propio. Solo existe el límite a que pueda conservar lo necesario para la subsistencia. En ningún caso podrán realizarse donaciones de bienes futuros. Cualquier bien del que no se disponga en el momento de realizarse constituye un ejemplo de donación inoficiosa.
Del mismo modo, no será una donación inoficiosa donar el usufructo de un bien. El Código Civil permite la donación tanto de la plena propiedad como del usufructo de los bienes.
Forma de la donación
Por norma general, no existen formalidades para realizar una donación. El Código Civil requiere únicamente que el bien donado se entregue en el momento que se realiza la donación. Sin ello, devendrá como donación inoficiosa. Sin embargo, en algunos casos concretos si se requieren, pudiendo ser donaciones inoficiosas de observarse ciertos formalismos.
Esto es lo que sucede con los bienes inmuebles. Según dicta el artículo 633 del Código Civil, los bienes inmuebles deben donarse mediante escritura pública. Del mismo modo, se requiere que la aceptación de esta donación también se realice en escritura pública. Podrá ser en la misma o en una distinta, siempre y cuando la fecha sea previa al fallecimiento del donante. De nuevo, si no se cumplen estos requisitos, estaríamos ante un ejemplo de donación inoficiosa.
Restricciones
Como ya se ha expuesto, las restricciones a las donaciones están en el Derecho de los herederos legitimarios. Serán donaciones inoficiosas todas las que quebranten este Derecho.
En definitiva, todas aquellas donaciones que perjudiquen la legítima de los herederos forzosos pasarían a ser donaciones inoficiosas. Estas donaciones no se revocan en su totalidad. Las donaciones inoficiosas que exceden estas cantidades se reducen hasta hacerlas acorde a las restricciones impuestas.
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