La crisis mundial originada por el SARS-CoV-2 ha provocado una carrera entre las farmacéuticas para el desarrollo de una vacuna que consiga frenar la pandemia.
Empresas como AstraZeneca, BioNtech, Moderna o Pfizer han sido, entre otras, las pioneras en dar con ella, pero, ¿cómo han conseguido proteger sus derechos de explotación de estas patentes de las vacunas entre tanto competidor? ¿Han logrado finalmente patentar las vacunas?
En este artículo resolvemos todas las cuestiones a las que se han visto expuestas las farmacéuticas durante el proceso de comercialización de estas vacunas.
Qué son las patentes de las vacunas
Sí te preguntas qué son las patentes de las vacunas, te aclaramos que, patentar, en términos generales, se refiere al registro de un invento, que te reconoce el derecho de explotarlo en exclusiva, impidiendo a otros su fabricación, venta o utilización sin consentimiento del titular.
Para registrar una patente y concretamente las vacunas a las que nos estamos refiriendo, se deberán cumplir tres requisitos:
- Que sea novedosa
- Demostrar su actividad inventiva
- Que sea de aplicación industrial
Ahora bien, ¿cómo han logrado tantas empresas farmacéuticas patentar sus vacunas y demostrar en cada una de ellas estos tres requisitos? Recientemente, Diana Garrido, directora de nuestro despacho Garrido & Doñaque, ha sido entrevistada por la revista especializada Redacción Médica, para comentar la demanda que ha interpuesto Moderna frente a Pfizer y Biontech, en la que se argumenta precisamente un supuesto plagio de la patente de su vacuna ARNm contra el COVID-19.
Ventajas de las vacunas patentadas
Aquellas empresas que consiguen registrar sus vacunas por ser novedosas, tener capacidad inventiva y además ser de aplicación industrial, gozan de los siguientes derechos:
- Uso exclusivo, es decir, el Estado que ha concedido la patente, otorga el “monopolio” de explotación de las vacuna patentadas (durante un tiempo limitado). Podrán vender, distribuir, utilizar, importar/exportar su invención durante ese tiempo estipulado y limitar al resto de competidores de utilizarla.
- Evitar que otros patenten su invención primero y te impidan que el propio inventor la utilice.
- Vender o alquilar (licenciar) su vacuna patentada a otros agentes.
- Atraer a inversores. El derecho de exclusiva es un atractivo para muchos actores de la industria que buscar invertir en un negocio sin competidores.
Cómo se patenta una vacuna
Las vacunas se podrán patentar siguiendo los mismos requisitos que se requieren para cualquier otro producto o invención: ser novedosa, tener actividad inventiva y ser de aplicación industrial.
Podrá haber varios titulares de esa misma patente y cada uno mantendrá el porcentaje que le corresponda en función de su participación en la invención.
Para registrarla deberán aportar un documento en el que se detalle el método de obtención de la vacuna, sus componentes y cómo funciona, además de especificar qué se quiere proteger y el pago de las tasas fijadas.
Con la solicitud, comenzará el plazo de vigencia de la patente de 20 años, así como los plazos para extender la misma solicitud al resto de paises. Además, dependiendo del país, se concede cierta protección desde que se presenta la solicitud. Una vez finalizado el plazo la patente será de dominio público y podrá utilizarse libremente.
Patentes vacunas COVID
Con la esperada llegada de las vacunas para hacer frente al COVID-19, surgió la necesidad de registrar de forma urgente las invenciones por parte de las farmacéuticas y así poder explotarlas de manera exclusiva, evitando que otras empresas de la competencia se aprovechasen de su invención y recuperar su inversión.
El registro de las patentes les otorga un derecho de exclusiva frente a otros competidores, y hasta que no se produzca una liberación de la patente, estas empresas podrán hacer valer sus derechos de propiedad intelectual.
Demanda por plagio de Moderna contra Pfizer y Biontech
La empresa que ha comenzado a hacer valer su derecho de exclusiva ha sido moderna, quien ha interpuesto demanda contra las farmacéuticas Pfizer y BioNtech, argumentando un supuesto plagio de sus patentes registradas para desarrollar su vacuna contra la COVID-19.
La clave de su defensa, como comenta Diana Garrido en el artículo publicado, será presentar informes periciales elaborados por expertos en la materia que investiguen las diferencias entre la tecnología de Pfizer y BioNtech y la de Moderna.
En cumplimiento de los requisitos para registrar una patente, las farmacéuticas deberán demostrar que sus vacunas son totalmente innovadoras y que no se han basado en la de Moderna para crearlas, por ello, necesitarán el informe de los informes técnicos.
De no quedar demostrado, deberán cesar del uso de sus vacunas y retirarlas del mercado, así como indemnizar a Moderna por los daños y perjuicios ocasionados.
Liberar las patentes de las vacunas
Desde que se comenzó la pandemia, entre los estados miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC) se ha estado negociando la liberación de las patentes de las vacunas contra el covid-19 para que puedan ser utilizadas sin el derecho de exclusiva. Sin embargo, las farmacéuticas se oponen radicalmente a tal medida, alegando que:
“las empresas y los inversores que financian la investigación asumen tanto riesgo porque tienen la posibilidad de obtener una recompensa”, y que una suspensión de las patentes podría poner “en peligro la futura innovación médica”.
Finalmente, tras meses de negociaciones, la Organización Mundial del Comercio (OMC) ha pactado suspender temporalmente las patentes de las vacunas contra el covid-19 en países en vías de desarrollo. Este acuerdo se aplicará durante 5 años y «autoriza el uso, sin consentimiento del titular de los derechos» de las patentes necesarias para producir y suministrar esas dosis, incluyendo ingredientes y procesos.
Además se ha llegado a acuerdos con las farmacéuticas de licencias voluntarias que ya están facilitando la producción de vacunas en países con mayores dificultades económicas para adquirirlas.
De no quedar demostrado, deberán cesar del uso de sus vacunas y retirarlas del mercado, así como indemnizar a Moderna por los daños y perjuicios ocasionados.
Vacunas sin patente
El registro de las patentes durante la Pandemia ha sido el motor que ha motivado a las empresas farmacéuticas para dar con la vacuna para el covid-19.
Este es un claro ejemplo de la importancia que tiene registrar un invento, pues ello te asegura una explotación del mismo en exclusiva e impide que otros fabriquen o comercialicen dicha patente sin consentimiento.
El planteamiento por los estados para liberar las patentes registradas de las vacunas del Covid-19, debate entre mantener los intereses económicos de estas empresas o la salud pública global.
El argumento en contra de esta liberación, se fundamenta precisamente en dejar de estimular la innovación de estas empresas, que además puede repercutir en el desarrollo de otros medicamentos.
Si te interesa el artículo de Redacción Médica en el que intervino Diana Garrido, puedes verlo en este enlace.
Macarena González Derqui